Ley [LFPIORPI]
Articulo 5
Ley Federal Para La Prevención E Identificación De Operaciones Con Recursos De Procedencia Ilícita
Artículo 5. La Secretaría será la autoridad competente para aplicar e interpretar, en el ámbito administrativo, la , su Reglamento y las reglas de carácter general que emita la propia Secretaría conforme a .
Artículo reformado DOF