Ley [LFPIORPI]

Articulo 5

Ley Federal Para La Prevención E Identificación De Operaciones Con Recursos De Procedencia Ilícita

Artículo 5. La Secretaría será la autoridad competente para aplicar e interpretar, en el ámbito administrativo, la , su Reglamento y las reglas de carácter general que emita la propia Secretaría conforme a .

Artículo reformado DOF

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