Ley [LFPIORPI]

Articulo 56

Ley Federal Para La Prevención E Identificación De Operaciones Con Recursos De Procedencia Ilícita

Artículo 56. Son causas de revocación de los permisos o autorizaciones otorgadas por autoridades competentes a aquellas personas que realicen las Actividades Vulnerables a que se refieren las fracciones I, IX y X del artículo de , además de las señaladas en las disposiciones jurídicas aplicables:

Párrafo reformado DOF

  1. La reincidencia en cualquiera de las conductas previstas en el artículo fracciones I, II, III y IV de , o
  2. Cualquiera de las conductas previstas en el artículo fracciones VI y VII de .
    IIa Secretaría informará de los hechos constitutivos de la causal de revocación a las autoridades competentes, a efecto de que éstas ejerzan sus atribuciones en la materia y, en su caso, apliquen las sanciones correspondientes, y solicitará información a dichas autoridades sobre el resultado o conclusión del procedimiento que, en su caso, se haya instaurado.

Párrafo reformado DOF

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