Ley [LFPIORPI]
Articulo quinto
Ley Federal Para La Prevención E Identificación De Operaciones Con Recursos De Procedencia Ilícita
quinto.. Las disposiciones relativas a la obligación de presentar Avisos, así como las restricciones al efectivo, entrarán en vigor a los sesenta días siguientes a la entrada en vigor del Reglamento de .