Ley [LFPPCPCIA]

Articulo 50

Ley Federal De Protección Del Patrimonio Cultural De Los Pueblos Y Comunidades Indígenas Y Afromexicanas

Artículo 50. Todas las decisiones que se tomen en el marco de la Comisión Intersecretarial se llevarán a cabo con pleno respeto a la libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como de sus sistemas normativos.

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