Ley [LFPPCPCIA]
Articulo 9
Ley Federal De Protección Del Patrimonio Cultural De Los Pueblos Y Comunidades Indígenas Y Afromexicanas
Artículo 9. Son nulos de pleno derecho los actos, contratos o acuerdos celebrados por algún integrante de una comunidad que, a título individual, haya suscrito o convenido con terceros, que derive en el uso, aprovechamiento o comercialización de los elementos del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.