Ley [LGAMVLV]

Articulo 24 septies

Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias

Artículo 24 septies.- La Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, deberá incluir lo siguiente:

  1. El motivo de la misma;
  2. La información que sustenta la determinación;
  3. Las acciones y medidas preventivas, correctivas, de seguridad, de procuración e impartición de justicia, de atención, de reparación del daño y legislativas propuestas por el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario;
  4. La solicitud a las autoridades responsables, de la asignación o reorientación de recursos presupuestales, humanos y materiales necesarios para hacer frente a la misma, y
  5. El territorio que abarcan las medidas a implementar y, en su caso, las autoridades responsables de su cumplimiento.

    Artículo adicionado DOF

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