Ley [LGAMVLV]
Articulo 34 c
Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias
Artículo 34 c.- Corresponde a la Secretaría de las Mujeres crear indicadores, dar seguimiento y evaluar el Registro Nacional.
Artículo adicionado DOF
Ley [LGAMVLV]
Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias
Artículo 34 c.- Corresponde a la Secretaría de las Mujeres crear indicadores, dar seguimiento y evaluar el Registro Nacional.
Artículo adicionado DOF