Ley [LGAMVLV]
Articulo 59
Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias
Artículo 59.- En ningún caso se podrá mantener a las víctimas en los refugios en contra de su voluntad.
Ley [LGAMVLV]
Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias
Artículo 59.- En ningún caso se podrá mantener a las víctimas en los refugios en contra de su voluntad.