Ley [LGAMVLV]
Articulo tercero
Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias
Artículo tercero.- El Sistema Nacional a que se refiere , se integrará dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.
Ley [LGAMVLV]
Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias
Artículo tercero.- El Sistema Nacional a que se refiere , se integrará dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.