Ley [LGCDC]

Articulo 1

Ley General De Cultura Y Derechos Culturales

Artículo 1.- La regula el derecho a la cultura que tiene toda persona en los términos de los artículos . y , fracción XXIX-Ñ de la . Promueve y protege el ejercicio de los derechos culturales y establece las bases de coordinación para el acceso de los bienes y servicios que presta el Estado en materia cultural. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en el territorio nacional.

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