Ley [LGCDC]
Articulo 1
Ley General De Cultura Y Derechos Culturales
Artículo 1.- La regula el derecho a la cultura que tiene toda persona en los términos de los artículos . y , fracción XXIX-Ñ de la . Promueve y protege el ejercicio de los derechos culturales y establece las bases de coordinación para el acceso de los bienes y servicios que presta el Estado en materia cultural. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en el territorio nacional.