Ley [LGCDC]

Artículo cuarto de Ley General De Cultura Y Derechos Culturales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

TRANSITORIOS

cuarto.. El Ejecutivo Federal y las entidades federativas, en el ámbito de sus competencias promoverán la difusión de , en las lenguas vivas de los pueblos originarios del país.

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