Ley [LGSCMM_300919]
Articulo 49
Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros
Artículo 49. El personal incorporado al Programa de Promoción Horizontal por Niveles con Incentivos en Educación Básica, que participe y obtenga un ascenso en la promoción vertical, conservará el nivel y el incentivo de la categoría anterior.