Ley [LGSCMM_300919]
Articulo 62
Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros
Artículo 62. El personal de educación media superior que reciba el nombramiento de dirección o de supervisión por primera vez, deberá participar en los procesos de capacitación que definan las autoridades de educación media superior o los organismos descentralizados.