Ley [LGSCMM_300919]
Articulo 75
Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros
Artículo 75. La asesoría técnica pedagógica tendrá los siguientes propósitos:
- Acompañar, apoyar, asesorar y recomendar a los colectivos docentes conforme a las necesidades de mejora de las prácticas educativas detectadas, a partir de las evidencias, observaciones, visitas y requerimientos expresados por estos colectivos, así como de los procesos y resultados de aprendizaje de los educandos, y
- Favorecer experiencias de aprendizaje y formación que incidan en la transformación de las prácticas educativas con la finalidad de mejorar el aprendizaje y desarrollo integral de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en la escuela.