Ley [LGSCMM_300919]

Articulo 78

Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros

Artículo 78. La tutoría será una estrategia de profesionalización orientada a fortalecer las competencias del personal docente y técnico docente de nuevo ingreso en el servicio público educativo.

Mediante la tutoría se promueve que el personal de nuevo ingreso cuente con el apoyo de profesionales experimentados que lo acompañarán académicamente a partir de su inserción en el servicio público educativo. Simultáneamente, la tutoría coadyuva a que el docente o técnico docente, inicie su vida profesional con mayores elementos para trabajar con los alumnos en condiciones y contextos específicos.

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