Ley [LGSCMM_300919]

Articulo 85

Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros

Artículo 85. La asesoría técnica tendrá los propósitos siguientes:

  1. Acompañar y asesorar a los colectivos escolares conforme a las necesidades de mejora de las prácticas profesionales de los directivos, detectadas a partir de evidencias, observaciones, visitas y requerimientos expresados por estos colectivos, así como de los procesos y resultados de aprendizaje de los educandos, y
  2. Favorecer experiencias de aprendizaje y formación situados que incidan en la transformación de las prácticas directivas con la finalidad de lograr la mejora de la operación y funcionamiento de las escuelas, para incidir en el aprendizaje y bienestar de los educandos.
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