Ley [LGSCMM_300919]
Articulo décimo
Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros
décimo.. Al personal docente en servicio de educación básica y media superior que a la entrada en vigor de ostente una plaza sin titular derivados de los procesos de ingreso previstos en la Ley General del Servicio Profesional Docente, que era sujeto a la evaluación del desempeño, además cuente con una antigüedad de seis meses y un día de servicio en ella, sin nota desfavorable en su expediente, y cumpla con el perfil correspondiente, se le expedirá el nombramiento definitivo en dicha plaza.