Ley [LGSCMM_300919]

Articulo décimo cuarto

Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros

TRANSITORIOS

décimo cuarto.. El personal que realice funciones de asesoría técnica pedagógica docente y que cuente con la categoría respectiva otorgada en términos de la Ley General del Servicio Profesional Docente, podrá participar en los procesos de promoción en los términos establecidos en el presente Decreto.

El personal docente que, habiendo participado en un proceso de promoción para ejercer funciones de asesoría técnica pedagógica en educación básica, en términos de la Ley General del Servicio Profesional Docente y que al momento de su abrogación se encontraban en el periodo de inducción, continuará recibiendo el incentivo que le fue asignado, de manera permanente, sin menoscabo de que puedan participar en otros procesos de promoción establecidos en la .

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