Ley [LRPCAP]

Articulo tercero

Ley Sobre Refugiados, Protección Complementaria Y Asilo Político

TRANSITORIOS

tercero.. Los refugiados reconocidos anteriormente a la entrada en vigor de la podrán solicitar que se les expida el documento migratorio que acredite su condición de legal estancia en el país como residente permanente.

Artículo reformado DOF

Citado por 0 leyes