Ley [LSNIIMSP]

Articulo 50

Ley Del Sistema Nacional De Investigación E Inteligencia En Materia De Seguridad Pública

Artículo 50. Leyes vinculadas y supletoriedad

La información y los datos de prueba que se generen como consecuencia directa o indirecta de la operación de la Plataforma, deberán obtenerse, tratarse y ajustarse a las disposiciones previstas en la , , , así como en el . En lo no previsto en la y que resulte aplicable, serán supletorias de la misma, la y la .

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