Ley [159]
Articulo 12
Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios
Artículo 12.- Para ser magistrado se deben reunir los siguientes requisitos:
- I- Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, así como tener por lo menos treinta años el día de su designación;
Fracción reformada DOF
- II- Ser licenciado en derecho con título debidamente registrado, expedido cuando menos cinco años antes de la fecha de la designación;
- III- Comprobar una práctica profesional mínima de cinco años; y
- IV- Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena privativa de libertad.