Ley [159]

Articulo 12

Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios

Artículo 12.- Para ser magistrado se deben reunir los siguientes requisitos:

    I- Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, así como tener por lo menos treinta años el día de su designación;

Fracción reformada DOF

    II- Ser licenciado en derecho con título debidamente registrado, expedido cuando menos cinco años antes de la fecha de la designación;
    III- Comprobar una práctica profesional mínima de cinco años; y
    IV- Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena privativa de libertad.
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