Ley [208_190118]

Articulo 52

Ley Reglamentaria Del Artículo 5O. Constitucional, Relativo Al Ejercicio De Las Profesiones En La Ciudad De México

Artículo 52.- Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere , así como los profesionistas no mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio social en los términos de .

Citado por 0 leyes