Ley [LGISMH]

Articulo 1

Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres

Artículo 1.- La tiene por objeto regular y garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres, la paridad de género y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo o género. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el Territorio Nacional.

Artículo reformado DOF , ,

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