Ley [LGISMH]

Articulo 14

Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres

Artículo 14.- Los Congresos de las Entidades Federativas, con base en sus respectivas Constituciones, expedirán las disposiciones legales necesarias para promover los principios, políticas y objetivos que sobre la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres prevén la y .

Artículo reformado DOF

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