Ley [LGISMH]
Articulo 18
Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres
Artículo 18.- Son instrumentos de la Política Nacional en Materia de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, los siguientes:
- El Sistema Nacional para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres;
- Programa Nacional de Proyectos Estratégicos para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, y
- La Observancia en materia de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres.
Artículo reformado DOF