Ley [LGISMH]

Articulo 18

Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres

Artículo 18.- Son instrumentos de la Política Nacional en Materia de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, los siguientes:

  1. El Sistema Nacional para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres;
  2. Programa Nacional de Proyectos Estratégicos para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, y
  3. La Observancia en materia de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres.

    Artículo reformado DOF

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