Ley [LGISMH]
Articulo 19
Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres
Artículo 19.- En el diseño, elaboración, aplicación, evaluación y seguimiento de los instrumentos de la política de igualdad entre mujeres y hombres, se deberán observar los objetivos y principios previstos en .