Ley [LGISMH]

Articulo 24 quáter

Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres

Artículo 24 quáter.- La persona titular de la Secretaría de las Mujeres podrá proponer al pleno del Sistema Nacional, entre otras cosas, la creación de comisiones temáticas a partir de proyectos estratégicos alineados al Plan Nacional de Desarrollo y al Programa Nacional.

Artículo adicionado DOF

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