Ley [LGISMH]
Articulo 35
Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres
Artículo 35.- La Política Nacional propondrá los mecanismos de operación adecuados para la participación paritaria entre mujeres y hombres en la toma de decisiones políticas y socioeconómicas.
Artículo reformado DOF