Ley [LGISMH]

Articulo 35

Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres

Artículo 35.- La Política Nacional propondrá los mecanismos de operación adecuados para la participación paritaria entre mujeres y hombres en la toma de decisiones políticas y socioeconómicas.

Artículo reformado DOF

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