Ley [LOCGEUM]

Articulo 47

Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos

  1. Para la coordinación y ejecución de las tareas que permitan el mejor cumplimiento de las funciones legislativas y la atención eficiente de sus necesidades administrativas y financieras, la Cámara cuenta con una Secretaría General.
  2. La Cámara tendrá una Unidad de Capacitación y Formación Permanente de los integrantes de los servicios parlamentarios, administrativos y financieros.
  3. En el ámbito de la Secretaría General la Cámara tendrá una Unidad para la Igualdad de Género.

    Numeral adicionado DOF

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