Ley [LOCGEUM]
Articulo 53
Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos
- La Cámara cuenta con su propia Contraloría Interna, cuyo titular tiene a su cargo practicar auditorías, revisiones, investigaciones y verificaciones; recibir quejas y denuncias y aplicar los procedimientos y sanciones inherentes a las responsabilidades administrativas, así como conocer de los recursos de revocación, de conformidad con la ; llevar a cabo los procedimientos derivados de las inconformidades presentadas por contratistas y proveedores conforme a la normatividad aplicable; recibir y resguardar las declaraciones de situación patrimonial, de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal que deban presentar las personas servidoras públicas y vigilar su registro; dar seguimiento y verificar la evolución patrimonial e intereses y, en su caso, emitir los certificados de no anomalías en la evolución patrimonial; participar en actos de fiscalización en materia de adquisiciones, obra pública y servicios relacionados con las mismas, vigilar el cumplimiento de la Norma en materia de entrega y recepción, practicar evaluaciones del desempeño a las unidades administrativas y parlamentarias, así como emitir opiniones a los proyectos de actualización de la normatividad interna; vigilar la atención de las obligaciones de transparencia que le competen conforme a sus atribuciones; tutelar los derechos de acceso a la información y la protección de datos personales; conocer y resolver los recursos de revisión interpuestos por personas solicitantes. La Contraloría se ubica en el ámbito de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y debe presentar a ésta un informe trimestral sobre el cumplimiento de sus funciones. Su titular es nombrado a propuesta de dicha Conferencia, por las dos terceras partes de los individuos presentes en el Pleno.
- La Contraloría Interna cuenta con las Direcciones Generales de Auditoría; de Control y Evaluación; de Quejas, Denuncias e Inconformidades; y de Situación y Evolución Patrimonial:
- A la Dirección General de Auditoría le corresponde elaborar, aplicar y verificar el cumplimiento del programa anual de auditoría, realizar auditorías y aclaración de las observaciones hasta la solventación y/o elaboración de los proyectos de oficio de vista; vigilar que el manejo y aplicación de los recursos financieros, humanos y materiales se lleven a cabo de acuerdo con las disposiciones aplicables.
- A la Dirección General de Control y Evaluación le corresponde diseñar, implantar, supervisar y evaluar los mecanismos de control de la gestión de las unidades administrativas de la Cámara; intervenir en actos de control y verificación, de entrega y recepción y promover la cultura de mejora continua y de rendición de cuentas.
- A la Dirección General de Quejas, Denuncias e Inconformidades le corresponde recibir e investigar las quejas, denuncias e inconformidades interpuestas contra personas servidoras públicas de la Cámara, en el desempeño de sus funciones o con motivo de ellas, notificar el inicio del procedimiento de responsabilidad administrativa, investigar y substanciar los procedimientos en materia de responsabilidades administrativas, dictar las resoluciones correspondientes, e imponer las sanciones en términos de la ; atender e intervenir en los diferentes medios de impugnación ante las autoridades competentes e interponer los recursos legales que correspondan en los asuntos que intervenga, representar a la Contraloría Interna en los recursos legales y ante las autoridades jurisdiccionales locales o federales, substanciar y/o resolver las inconformidades, conciliaciones y medios de impugnación previstos en las disposiciones en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas de la Cámara de Diputados y los Lineamientos Generales en Materia de Administración del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
- A la Dirección General de Situación y Evolución Patrimonial le corresponde asesorar, recibir, resguardar y registrar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses que deban presentar las personas servidoras públicas; dar seguimiento, investigar y verificar la evolución patrimonial; emitir el certificado de no anomalías conforme a la ley de la materia y demás disposiciones aplicables, así como, certificar documentos que, por el ejercicio de sus funciones, obren en sus archivos.
Artículo reformado DOF ,