Ley [LOCGEUM]
Articulo 5o
Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos
- El Congreso se reunirá en sesión conjunta de las Cámaras para tratar los asuntos que previenen los artículos , , , y de la , así como para celebrar sesiones solemnes.
- Cuando el Congreso sesione conjuntamente lo hará en el recinto que ocupe la Cámara de Diputados y el Presidente de ésta lo será de aquél.