Ley [LTOSF]
Articulo 10 bis
Ley Para La Transparencia Y Ordenamiento De Los Servicios Financieros
Artículo 10 bis. Las Entidades que otorguen crédito, préstamo o financiamiento de cualquier tipo, incluidos los masivamente celebrados a personas incapaces por minoría de edad en términos de la legislación común, independientemente de la nulidad de dichos actos, se harán acreedoras a las sanciones que establece la .
Artículo adicionado DOF