Ley [LTOSF]

Articulo 10 bis

Ley Para La Transparencia Y Ordenamiento De Los Servicios Financieros

Artículo 10 bis. Las Entidades que otorguen crédito, préstamo o financiamiento de cualquier tipo, incluidos los masivamente celebrados a personas incapaces por minoría de edad en términos de la legislación común, independientemente de la nulidad de dichos actos, se harán acreedoras a las sanciones que establece la .

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