Ley [LTOSF]
Articulo 52
Ley Para La Transparencia Y Ordenamiento De Los Servicios Financieros
Artículo 52.- El cobro de las multas que impongan la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y la , se efectuará por el Servicio de Administración Tributaria conforme al .