ARTICULO 21.- La Comisión de Fomento Minero vigilará el exacto cumplimiento del contrato, a costa de la otra parte contratante.
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Artículo 21
REGLAMENTO de la Ley que Declara Reservas Mineras Nacionales los Yacimientos de Uranio, Torio y las demás Substancias de las cuales se Obtengan Isótopos Hendibles que puedan Producir Energía Nuclear
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