Ley [LFRM]
Articulo 16
Ley Federal De Revocación De Mandato
Artículo 16. La solicitud deberá presentarse por escrito ante el Instituto, en el plazo establecido en el artículo de , y deberá contar, por lo menos, con los siguientes elementos:
- Nombre completo, clave de elector y firma de la persona solicitante o solicitantes;
- Nombre completo y domicilio de la o el representante autorizado para oír y recibir notificaciones;
- Señalar domicilio en la Ciudad de México para oír y recibir notificaciones; en su defecto, las notificaciones se publicarán de forma física en los estrados del Instituto, así como de forma electrónica en la página oficial del Instituto;
- Anexo con los formatos aprobados por el Consejo General, y
- La manifestación expresa de los motivos y causas en términos de .