Ley [LFRM]
Articulo 30
Ley Federal De Revocación De Mandato
Artículo 30. A la Junta General Ejecutiva del Instituto le corresponde:
- Supervisar el cumplimiento de los programas de capacitación en materia de revocación de mandato, y
- Las demás que le encomiende la normatividad aplicable o le instruya el Consejo General o su Presidencia.