Ley [LFRM]
Articulo 4
Ley Federal De Revocación De Mandato
Artículo 4. La aplicación de las disposiciones previstas en corresponde al Congreso de la Unión, al y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sus respectivos ámbitos de competencia.
El Instituto tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los Consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.