Ley [LPPDDHP]
Articulo 28
Ley Para La Protección De Personas Defensoras De Derechos Humanos Y Periodistas
Artículo 28.- El Estudio de Evaluación de Riesgo y el Estudio de Evaluación de Acción Inmediata se realizarán de conformidad con las mejores metodologías, estándares internacionales y buenas prácticas.