Ley [LPPDDHP]
Articulo 34
Ley Para La Protección De Personas Defensoras De Derechos Humanos Y Periodistas
Artículo 34.- Las Medidas Preventivas incluyen: I) Instructivos, II) Manuales, III) Cursos de autoprotección tanto individuales como colectivos, IV) Acompañamiento de observadores de derechos humanos y periodistas; y VI) Las demás que se requieran.