Ley [LPPDDHP]
Articulo cuarto
Ley Para La Protección De Personas Defensoras De Derechos Humanos Y Periodistas
cuarto..- La primera Junta de Gobierno se instalará en el término de diez días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de , con la participación de las dependencias de la Administración Pública Federal y la .