Ley [LPPDDHP]

Articulo noveno

Ley Para La Protección De Personas Defensoras De Derechos Humanos Y Periodistas

TRANSITORIOS

noveno..- Instalada la Junta de Gobierno y en su primera sesión designará al Coordinador Ejecutivo Nacional, quien a su vez, y en el término de un mes, someterá a la aprobación de la Junta los nombres de los titulares de las unidades a su cargo.

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