Ley [LCNDH]
Articulo 11
Ley De La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos
Artículo 11. El Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos durará en su encargo cinco años, y podrá ser reelecto por una sola vez.
Artículo reformado DOF
Ley [LCNDH]
Ley De La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos
Artículo 11. El Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos durará en su encargo cinco años, y podrá ser reelecto por una sola vez.
Artículo reformado DOF