Ley [LCNDH]
Articulo 1o
Ley De La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos
Artículo 1o.- es de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional en materia de Derechos Humanos, respecto de los mexicanos y extranjeros que se encuentren en el país, en los términos establecidos por el apartado "B" del artículo .