Ley [LCPAF]

Articulo sexto

Ley De Caminos, Puentes Y Autotransporte Federal

TRANSITORIOS

sexto..- Las concesiones y permisos otorgados con anterioridad a la entrada en vigor de la , continuarán en vigor en los términos y condiciones consignados en los mismos, hasta el término de su vigencia.

Por lo que se refiere a las concesiones y permisos en trámite se estará a lo dispuesto en la .

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