Ley [LDFEFM]
Articulo vigésimo
Ley De Disciplina Financiera De Las Entidades Federativas Y Los Municipios
vigésimo..- El Consejo Nacional de Armonización Contable deberá emitir, en un plazo máximo de 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, las normas necesarias para identificar el gasto realizado con recursos provenientes de ingresos de libre disposición, transferencias federales etiquetadas y deuda pública, en los términos definidos en el artículo de la .