Ley [LDFEFM]

Articulo vigésimo

Ley De Disciplina Financiera De Las Entidades Federativas Y Los Municipios

TRANSITORIOS

vigésimo..- El Consejo Nacional de Armonización Contable deberá emitir, en un plazo máximo de 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, las normas necesarias para identificar el gasto realizado con recursos provenientes de ingresos de libre disposición, transferencias federales etiquetadas y deuda pública, en los términos definidos en el artículo de la .

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