tercero.. Las salas cinematográficas deberán exhibir películas nacionales en un porcentaje de sus funciones, por pantalla, no menor al siguiente:
- IA partir de la entrada en vigor de y hasta el 31 de diciembre de 1993, el 30%;
tercero.. Las salas cinematográficas deberán exhibir películas nacionales en un porcentaje de sus funciones, por pantalla, no menor al siguiente: