Ley [LFVV]
Articulo 12
Ley Federal De Variedades Vegetales
Artículo 12.- La verificación del cumplimiento de los requisitos señalados en los artículos . y . de estará a cargo del Comité, con base en lo que establezca el reglamento respectivo y las normas oficiales mexicanas correspondientes.
Una vez cumplidos todos los requisitos, la Secretaría expedirá el título de obtentor, que reconocerá y amparará los derechos a que se refiere el artículo . de .