Ley [LFVV]
Articulo 46
Ley Federal De Variedades Vegetales
Artículo 46.- Cuando la Secretaría actúe como árbitro, se integrará una comisión arbitral, presidida por el titular de la Dirección General Jurídica de la propia Secretaría.
Ley [LFVV]
Ley Federal De Variedades Vegetales
Artículo 46.- Cuando la Secretaría actúe como árbitro, se integrará una comisión arbitral, presidida por el titular de la Dirección General Jurídica de la propia Secretaría.