Ley [LRSIC]
Articulo 56 bis
Ley Para Regular Las Sociedades De Información Crediticia
Artículo 56 bis.- La Comisión o la Condusef, según sea el caso, podrá, además de la imposición de la sanción que corresponda, amonestar al infractor, o bien, solamente amonestarlo, considerando sus antecedentes personales, la gravedad de la conducta, que no se cuente con elementos que permitan demostrar que se afecten intereses de terceros o del propio sistema financiero, que habiéndose causado un daño este haya sido reparado, así como la existencia de atenuantes en términos de .
Párrafo reformado DOF
En todo caso, la Comisión o la Condusef podrán abstenerse de sancionar a las Sociedades y Entidades Financieras, siempre y cuando se justifique la causa de tal abstención de acuerdo con los lineamientos que para tal efecto emita la Junta de Gobierno de la Comisión de que se trate y se refieran a hechos, actos u omisiones que no revistan gravedad, no exista reincidencia, no se cuente con elementos que permitan demostrar que se afecten los intereses de terceros o del propio sistema financiero y no constituyan delito.
Párrafo reformado DOF
En la imposición de la sanción señalada en el artículo , fracción XI, la Comisión podrá considerar como atenuante de responsabilidad, o bien, podrá abstenerse de sancionar el incumplimiento de la obligación de seguir enviando la información relativa a los créditos que hubieren sido cedidos o vendidos de que se trate, prevista en el artículo , quinto y último párrafos, siempre y cuando el Usuario demuestre, a satisfacción de la Comisión, que el incumplimiento es consecuencia directa de que, no obstante haber realizado oportunamente las acciones necesarias para obtener la información correspondiente, el cesionario o comprador de la cartera no se la haya proporcionado.
Se considerarán infracciones graves la violación a lo previsto por los artículos , fracciones VIII y XXII, , fracciones IV, VIII, IX, X y XVII, y , fracciones I, II y III de . En todo caso, se considerará grave cuando se proporcione a la Comisión información falsa o que dolosamente induzca al error, por ocultamiento u omisión.
Párrafo adicionado DOF
Artículo adicionado DOF