Ley [171]
Articulo 25
Ley Orgánica Del Instituto Politécnico Nacional
Artículo 25.- El Consejo General Consultivo estará integrado por;
- I- El Director General del Instituto, como Presidente;
- II- El Secretario General del Instituto, como Secretario;
- III- Los Secretarios de Area;
- IV- Los Directores de Coordinación;
- V- El Abogado General;
- VI- El Presidente del Decanato;
- VII- Los Directores de las escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación.
- VIII- Un representante profesor por cada una de las escuelas, centros y unidades de enseñanza media superior y un representante profesor por cada una de las escuelas, centros y unidades de enseñanza superior;
- IX- Tres representantes alumnos de enseñanza media superior, tres de enseñanza superior y uno de graduados por cada una de las siguientes ramas del conocimiento: Ciencias Sociales y Administrativas, Médico Biológicas y de Ingeniería y Ciencias Físico Matemáticas;
- X- El Director del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional;
Fe de erratas a la fracción DOF
- XI- El Secretario Ejecutivo de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional;
Fe de erratas a la fracción DOF
- XII- El Secretario Ejecutivo del Patronato de Obras e Instalaciones del Instituto Politécnico Nacional, y
Fe de erratas a la fracción DOF
- XIII- Un representante del personal docente y un representante del personal no docente designados por las secciones sindicales correspondientes.