Ley [171]

Articulo 25

Ley Orgánica Del Instituto Politécnico Nacional

Artículo 25.- El Consejo General Consultivo estará integrado por;

    I- El Director General del Instituto, como Presidente;
    II- El Secretario General del Instituto, como Secretario;
    III- Los Secretarios de Area;
    IV- Los Directores de Coordinación;
    V- El Abogado General;
    VI- El Presidente del Decanato;
    VII- Los Directores de las escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación.
    VIII- Un representante profesor por cada una de las escuelas, centros y unidades de enseñanza media superior y un representante profesor por cada una de las escuelas, centros y unidades de enseñanza superior;
    IX- Tres representantes alumnos de enseñanza media superior, tres de enseñanza superior y uno de graduados por cada una de las siguientes ramas del conocimiento: Ciencias Sociales y Administrativas, Médico Biológicas y de Ingeniería y Ciencias Físico Matemáticas;
    X- El Director del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional;

Fe de erratas a la fracción DOF

    XI- El Secretario Ejecutivo de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional;

Fe de erratas a la fracción DOF

    XII- El Secretario Ejecutivo del Patronato de Obras e Instalaciones del Instituto Politécnico Nacional, y

Fe de erratas a la fracción DOF

    XIII- Un representante del personal docente y un representante del personal no docente designados por las secciones sindicales correspondientes.
Citado por 0 leyes